SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2422/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 2 de octubre de 2008, cursante de fs. 72 a 74, los recurrentes por sí y en representación de sus mandantes, manifiestan que son estudiantes de la Carrera de Enfermería de la UMSS, admitidos por el Programa de Admisión Extraordinaria (PAE), universidad que es autónoma y cuenta con su Estatuto Orgánico que sienta las bases normativas a la que se deben atener las autoridades, estudiantes y personal de la Universidad.
Indican que el Rector de la UMSS, a través de la Resolución Rectoral 127/08 de 21 de abril de 2008, resolvió aprobar el Acuerdo Técnico 01/07 de 5 de diciembre de 2007, por el cual se dio por aprobado el proyecto de cambio de modalidad de admisión en la Carrera de Enfermería, determinación que es ilegal, ya que de ninguna manera una Resolución Rectoral puede estar por encima de una Resolución del Consejo Universitario, que en el caso concreto, libró la Resolución 2/08, de 5 de marzo de 2008, que aprobó y puso en vigencia el PAE, estableciendo en el art. 20, que los estudiantes admitidos por el PAE ingresarán al primer curso, exceptuando las Carreras de Medicina y Odontología.
Finalizan refiriendo que el Vicerrector de la UMSS, al haber puesto en vigencia el cambio de modalidad en la admisión de los alumnos de la Carrera de Enfermería y creado el curso propedéutico para esta gestión en forma ilegal, ha conculcado su derecho a percibir la formación académica, conforme a las determinaciones emanadas del Consejo Universitario, y se perjudica a todos los estudiantes que se encuentran dentro de este programa.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones previas: aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- SC 1337/2003-R
- SC 150/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- debieron interponer los mecanismos ordinarios de defensa.
- APROBAR