Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2428/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
1)
El abogado y recurrente por su representado, ratificó y reiteró el contenido de su demanda, y ampliándola señaló que: 1) La vulneración del derecho a la libertad de su representado es inminente, toda vez que él no arriesgaría su vida ni iría en contra de las recomendaciones que le dio el médico cardiólogo así como el médico Forense del “IDIF”; 2) Por lo expuesto, solicita que la autoridad recurrida valore la documentación presentada en forma precisa y tome los recaudos correspondientes a efectos del verificativo de la audiencia; y, 3) Finalmente aclaró que su representado radica en la ciudad de Santa Cruz.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- SC
- III.3. Ausencia injustificada a citación de declaración informativa ante el Ministerio Público
- III.4. Análisis del caso
- REVOCAR