SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2428/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2428/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

i)

La Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, por informe brindado en audiencia, señaló que: i) No se expidió ni se materializó el mandamiento de aprehensión contra el representado del recurrente, sólo se señaló que debería acreditarse con un certificado, la imposibilidad de que el imputado pueda concurrir a la ciudad de La Paz a una audiencia de medidas cautelares; ii) El recurrente presentó una papeleta de atención del médico forense en fotocopia simple, en la que no se señalaba la gravedad del estado de salud del imputado, ni tampoco se acredita por ningún otro médico especializado sobre la salud de la parte imputada, razón por la que se fijó nueva audiencia, determinación que fue impugnada tanto por el Fiscal como por la parte querellante, por considerarla como una actitud de burla; iii) El recurrente señaló que se habría vulnerado el derecho a la vida, “pero no señala los actos como han sido presentados en la audiencia de medidas cautelares, puesto que hay una imperiosa necesidad de que el órgano jurisdiccional pueda llevar las audiencias dentro del plazo razonable”; y iv) En el presente caso se postergaron las audiencias, razón por la cual no se han infringido los derechos del recurrente.