Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2460/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
En virtud de la renuncia de los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste se quedó sin quórum para la resolución de causas, que conforme a lo dispuesto por la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición de los Nuevos Entes el Órgano Judicial y Ministerio Público, se designa a las nuevas Autoridades, reanudándose las labores jurisdiccionales, disponiéndose mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se proceda a un nuevo sorteo de los expedientes, en el caso presente se efectuó el 28 de septiembre de 2010, por lo que la presente resolución es pronunciada dentro de plazo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- concedió
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- avasallamiento
- III.3.2. Procedencia excepcional de la acción de amparo constitucional por medidas de hecho, despojo o avasallamiento de propiedad privada.
- III.3.3.
- APROBAR