SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2485/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.3. Análisis del caso
La parte accionante denuncia que la Fiscalía presentó imputación formal en su contra por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes e incumplimiento de deberes; empero, luego se formuló acusación por la Fiscal ahora demandada, que versa sobre otros delitos como el prevaricato, negativa o retardo de justicia, trata de seres humanos agravado en la modalidad de adopciones ilegales, resolución incongruente que le acarrea indefensión por cuanto todos sus descargos fueron realizados en base a la imputación formal.
Sin embargo, cabe señalar que la imputación tiene carácter provisional, como dispone el art. 302 inc. 3 del CPP, lo que implica que en el desarrollo de la etapa de la investigación, dicha calificación puede sufrir modificaciones al momento de presentar la respectiva acusación, la misma que, de acuerdo al art. 329 del CPP, es la base del juicio penal; sin embargo, es pertinente hacer referencia a la existencia de medios ordinarios de defensa, a los cuales se debe acudir con carácter previo hasta agotarlos, por lo que resulta inadmisible que se acuda con los reclamos directamente a la acción de amparo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso
- el imputado tiene a su alcance los medios de impugnación previstos en el ordenamiento jurídico procesal penal,
- APROBAR