Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2505/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso ejecutivo seguido por Edilfredo Rocha Heredia contra René Quiroz Chambi y Aurora Quiroz de Zerda, el Juez recurrido pronunció la Sentencia de 6 de enero de 2005, declarando probada la demanda, debiendo proseguirse la acción ejecutiva hasta el trance de subasta y remate de los bienes propios de los ejecutados, embargados o por embargarse (fs. 31 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- denegar
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Notificación a tercero interesado en amparo constitucional derivado de proceso judicial
- III.4. El recurso ahora acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.5. Análisis de la problemática jurídica
- APROBAR