Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2505/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia que la autoridad recurrida, hoy demandada, vulneró sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, por cuanto: Por Auto de 28 de agosto de 2006, dispuso la suspensión del remate del inmueble embargado, suspendiendo así la ejecución de la Sentencia. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- denegar
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Notificación a tercero interesado en amparo constitucional derivado de proceso judicial
- III.4. El recurso ahora acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.5. Análisis de la problemática jurídica
- APROBAR