Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2535/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.3.
El recurso fue recibido en el Tribunal Constitucional el 2 de diciembre de 2008; sin embargo, ante la renuncia de los Magistrados, en diciembre de 2007, las causas en trámite quedaron paralizadas. Al haberse designado a las nuevas autoridades y reiniciado las labores jurisdiccionales, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se dispuso la reanudación del sorteo de causas, en cuyo cumplimiento el expediente fue sorteado el 5 de octubre de 2010, por lo que la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas.
- concedió
- I.3.
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la legitimación pasiva dentro de las acciones de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- III.5. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- REVOCAR