Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2552/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrido, ahora accionante, afirma que su representada ha guardado detención preventiva durante más de tres años, sin que hasta la fecha de presentación del recurso, exista sentencia firme, solicitó la cesación de la detención preventiva, la misma que fue concedida imponiéndosele como medidas sustitutivas la garantía pecuniaria que se constituiría en una medida de difícil cumplimiento por la representada del accionante, en franca violación a su derecho a la libertad. Corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente se debe otorgar o no la tutela que brinda el recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- III.4. Los presupuestos para la revisión excepcional de la valoración probatoria
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR