Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0054/2010
Fecha: 10-Dic-2010
2.
2. El recurrente arguye que el IGM, no concluyó con la demarcación territorial de la Quinta Sección Municipal Puerto Villarroel, dentro del proceso de delimitación conforme se encuentra establecido en la Ley 2150. Por otra parte señala que, de acuerdo a la Unidad de Ordenamiento Territorial y Limites de la Prefectura del departamento de Cochabamba, se informa que dentro del mismo proceso subsiste la superposición de límites entre ambas Secciones Municipales originada por la inclusión de la población de Cesarzana y Puerto Alegre en la Cuarta Sección Municipal.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Edwin Jiménez Arandia
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- “Artículo 1.-
- III.1.Respecto al objeto del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, contraria a la Constitución Política del Estado como acción no vinculada a un caso concreto
- a)
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE