SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0054/2010
Fecha: 10-Dic-2010
I.4. Trámite procesal en el Tribunal
El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transicion a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, establece que las competencias y funciones de este Tribunal se circunscriben únicamente a la “revisión y liquidación” de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009” y puesto que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver todas las causas dentro de los marcos establecidos por la ley y con el análisis y fundamentación que corresponde, el Pleno de este Tribunal a través del Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo con el cómputo del plazo desde dicho acto procesal. No habiendo recibido consenso se procedió a segundo sorteo mediante Acuerdo Jurisdiccional 0206 de 15 de septiembre. En consecuencia, habiéndose procedido al sorteo del expediente el 3 de noviembre de 2010, la presente Sentencia Constitucional es pronunciada dentro de plazo.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Edwin Jiménez Arandia
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- “Artículo 1.-
- III.1.Respecto al objeto del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, contraria a la Constitución Política del Estado como acción no vinculada a un caso concreto
- a)
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE