Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2594/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso
En revisión la Resolución 118/2008 de 19 de diciembre, cursante a fs. 40 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Erika Oroza Werner de Tapia en representación de Yaying Zheng de Huang y Guo Liang Huang Ling contra Romy Lozano Soleto y Luis Ernesto Rosell Terrazas, alegando la vulneración de sus derechos a la propiedad privada, la posesión, al trabajo, la “seguridad jurídica” y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a), d), i) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- En cuanto al derecho al debido proceso
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana
- SC 0148/2010-R de 17 de mayo
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR