SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2717/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
Fragmento 3
Por Auto Supremo 023/2008 de 14 de octubre, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro casó el Auto de Vista declarando probada la demanda, en ejecución de sentencia dispuso: a) Condenar a la demandada Faviana Choqueticlla Pérez, a la devolución, desocupación del bien inmueble ubicado en la calle Bolívar esquina Manuel de la Cruz Valdiviezo de la localidad de Challapata, dentro del plazo de treinta días calendario y en caso de incumplimiento bajo prevenciones de desapoderamiento; b) A la devolución y entrega del vehículo marca Volvo, clase Camión, servicio particular, modelo 1979 con placa 1267ZZT dentro del plazo de treinta días calendario y en caso de incumplimiento bajo la misma prevención; y, c) Se condena a la parte perdidosa, al pago de daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia, así como el pago de costas procesales.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- c)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. El caso analizado
- APROBAR