SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2717/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2717/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III.4. El caso analizado

En el caso concreto, se denunció que las autoridades demandadas mediante Auto Supremo (023/2008) casaron el Auto de Vista recurrido declarando probada la demanda, concediéndose más de lo pedido, omitiendo aplicar el art. 258 del CPC, sin considerar que los bienes inmueble y mueble sujeto a registro eran gananciales, porque fueron adquiridos en la vigencia de la unión libre o de hecho por 15 años con el finado Néstor Juan Callahuara Villca; a ese efecto, la accionante explica ampliamente los temas de controversia referidos a la ganancialidad de los bienes y del exceso incurrido en el Auto denunciado al haber otorgado más allá de lo pedido, no así el nexo de causalidad entre la interpretación impugnada y la vulneración de sus derechos y garantías, lo que implica que la problemática planteada no tiene relevancia constitucional, por lo que no corresponde el análisis de fondo, al no haberse cumplido con la sub reglas citadas que posibiliten a la jurisdicción constitucional analizar la interpretación de la legalidad ordinaria.