SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2743/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2743/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado del recurrente, ratificándose en el recurso planteado, amplió el mismo, señalando que la Resolución Municipal 089/2008, no cumple con las reglas del debido proceso, pues ante la denuncia de un particular contra un Alcalde, necesariamente tiene que pasar ante el Concejo Municipal de Guanay y si éste considera pertinente, remite antecedentes a la Comisión de Ética y por obligación de lo que estipula la Ley de Municipalidades, el Alcalde deberá ser citado para que pueda asumir defensa, y si como es el caso, la Contraloría General de la República, presentáse algún pliego contra el Alcalde, esa denuncia o pliego pasa al Concejo Municipal y éste debe invitar al Alcalde para que presente los descargos correspondientes, lo que no fue cumplido por el Concejo Municipal.