Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2743/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.2.
II.2. La Comisión de Ética del Concejo Municipal de Guanay, mediante informe final de 11 de diciembre de 2008, recomienda que concluido el proceso interno previsto en la Ley de Municipalidades y en el Reglamento Interno del Concejo Municipal, dicha Comisión llegó a establecer la conducta negligente de Eddy Rolo Loayza Guzmán, Alcalde Municipal de Guanay, y su incumplimiento con las normas de responsabilidad con la función pública, habilitándose su destitución, sin perjuicio de remitirse obrados al Ministerio Público (fs. 53 a 60).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- “denegó”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 19
- reconsideración
- APROBAR,