Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2782/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente ahora accionante, sostiene que los recurridos, hoy demandados, lesionaron su derecho al debido proceso, por cuanto al emitir la Resolución A-118/2007 de 21 de marzo, que resolvió la apelación de una Resolución de un recurso de oposición interpuesto dentro de un proceso coactivo civil, al declararlo probado lo sustento con el argumento que el oposicionista tiene un mejor derecho propietario sobre el bien inmueble, hecho contrario al ordenamiento jurídico, toda vez que para dilucidar un mejor derecho propietario debió activarse la vía del proceso ordinario. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si los actos ilegales son ciertos para conceder o denegar la tutela.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. En cuanto al instituto jurídico de la oposición
- III.4. El caso analizado
- APROBAR