Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2789/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.3.
II.3. Del acta de verificación, emitido por Notaria de Fe Pública, y de las fotografías que se adjuntan en fotocopia simple, se llega al convencimiento de que el lote signado con el número 3, de propiedad de la recurrente, ha sido ocupado por el recurrido y sus familiares, verificándose la instalación de un medidor de energía eléctrica a nombre de José Luis Ferrel Nina (demandado) (fs. 22 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional y la excepción al mismo
- III.4. Alcances y requisitos para conceder la tutela ante medidas de hecho
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR