SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2843/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
concedió parcialmente
Mediante Resolución 11 de 27 de marzo de 2009, cursante de fs. 274 a 280, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, concedió parcialmente la tutela solicitada, disponiendo: a) concederla respecto a la excepción de prescripción denegada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, dejando sin efecto los Autos de Vista de 22 de septiembre de 2008 y su complementario de 28 de octubre del mismo año, debiendo dictarse una nueva resolución, considerando que las autoridades demandadas no hicieron un correcto análisis del art. 1509.III del CC, referido a la prescripción bienal, el cual se aplica en el proceso ejecutivo interpuesto; y, b) Denegar la tutela en lo que se refiere a la nulidad de notificación peticionada, considerando que la notificación tiene la finalidad de poner en conocimiento que se acciona en su contra, es así que al haberse citado a la empresa que representa el recurrente en la persona de su representante legal, no se infringió ningún derecho.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 18
- III.4. Respecto a los actos consentidos
- i)
- REVOCAR