SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2860/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2860/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

III.5. Del caso de análisis

Las accionantes, denuncian a través de su memorial de amparo constitucional, que el 23 de octubre de 2008, mediante la publicación de una lista en la que por el cambio de autoridades, se destituyó a muchos funcionarios, fueron retiradas de sus fuentes de trabajo que desempeñaban como funcionarias de la Prefectura de Pando, sin considerar su estado de gestación y lactancia y sin tomar en cuenta; además, que operó la tácita reconducción de sus contratos puesto que siguieron trabajando normalmente en funciones propias y permanentes de la institución a partir del año 2008.

Consecuentemente, teniendo en cuenta la situación de gestación y de lactancia de las accionantes y al ser la maternidad protegida por el Estado de acuerdo a los alcances del art. 45.V de la CPE, considerando lo preceptuado por los arts. 1 y 2 de la Ley 975 y los argumentos desarrollados en los Fundamentos Jurídicos III.3 y III.4 de la presente Sentencia, se establece que debe respetarse la inamovilidad de las accionantes, con todas las prestaciones y subsidios que la ley establece por la maternidad, razón por la cual, en la especie, la tutela debe ser concedida.