Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2879/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
ii)
ii)El presente recurso infringe el principio de subsidiaridad, toda vez que al haber sido notificado el recurrente con la Resolución Determinativa 47/2008, emitida en su contra, la Gerente Distrital GRACO del SIN de Cochabamba ha sido notificada el 22 de enero de 2009, con la demanda contenciosa interpuesta contra dicha Resolución, de esta manera, el procedimiento determinativo tributario podrá ser revisado en la vía jurisdiccional ordinaria, incluso tendrá la posibilidad de interponer recurso indirecto de inconstitucionalidad.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- ii)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- individual o
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 14
- APROBAR