Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2010-CA
Fecha: 26-Mar-2010
RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de lo establecido por el art. 4 de la Ley 003, arts. 31 inc. 1) y 82.I de la LTC, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por BOLIVIA MAHOGANY S.R.L.; representada por Eduardo Añez Paz contra Renán Jiménez Sempertegui y María del Carmen Ponce de Rocha, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- También procede contra las resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que está suspendida de sus funciones o hubiere cesado
- 1)
- II.3.1.
- II.3.2.
- contra todas y cada una de las autoridades que participaron en la resolución o acto impugnado
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