Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2010-CA
Fecha: 26-Mar-2010
carece de fundamento jurídico-constitucional
En consecuencia, la Comisión de admisión de este Tribunal, considera que el presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad carece de fundamento jurídico-constitucional, por lo que la autoridad jurisdiccional, al haber rechazado la solicitud formulada, ha aplicado correctamente los arts. 59 y ss. de la LTC.