AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2010-CA

Fecha: 05-Abr-2010

II.3. Análisis del caso concreto

Del análisis de obrados, se tiene que el incidente de inconstitucionalidad ha sido formulado sin cumplir los requisitos establecidos por el citado art. 60.1 y 3 de la LTC, pues no se aprecia la vinculación entre los preceptos legales hoy cuestionados y el derecho o derechos que se estiman lesionados. Asimismo, el incidentista ha omitido explicar la relevancia constitucional o necesaria vinculación de las normas impugnadas con la decisión a dictarse dentro del proceso contencioso tributario de referencia, es decir en qué medida esas disposiciones legales pueden tener una influencia decisiva al momento de que se dicte resolución final. Por consiguiente estas omisiones insubsanables ameritan el rechazo del recurso.