Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0124/2010-CA
Fecha: 26-Abr-2010
COMISIÓN DE ADMISIÓN
No interviene el Magistrado Dr. Marco Antonio Baldivieso Jinés, al no estar de acuerdo con el presente Auto Constitucional; en consecuencia a los efectos de la previsión contenida en el art. 33.I de la Ley del Tribunal Constitucional, se convocó al Magistrado Dr. Juan Lanchipa Ponce, para que integre la Comisión de Admisión en el presente caso.
- desistimiento
- I.1 Recurso de amparo constitucional
- I.2. Desistimiento
- I.3. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- de desistimiento
- respecto a la libertad de ejercicio de los derechos de quien recurre
- antes de que se resuelva la acción de tutela presentada, desiste de la misma por cualesquier motivo
- renuncia o abdicación expresa del demandante o accionante a las pretensiones jurídicas planteadas en la demanda y los derechos perseguidos en ella
- antes del pronunciamiento de la respectiva sentencia constitucional, y no existan razones de orden público o relevancia nacional
- II.2. Análisis del caso concreto
- 1º ACEPTAR el desistimiento
- COMISIÓN DE ADMISIÓN