Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0042/2010-RCA
Fecha: 10-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I y II de la Ley 003 y 7 inc. 8) de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución de 4 de septiembre de "2006" (sic), cursante a fs. 29 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, con la modificación de declarar el RECHAZO in límine del recurso de amparo constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- "improcedencia
- I.3. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- la admisión o el rechazo del amparo constitucional debe resolverse luego de presentado el recurso, para así evitar activar innecesariamente el procedimiento posterior;
- I.-
- contenido
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR