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    AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2010-RCA

    Fecha: 17-May-2010

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    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • "rechazó in límine"
    • I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 6
    • 1.
    • la improcedencia
    • Conforme a esto, la persona que ha podido sufrir una vulneración a algún derecho fundamental, atendiendo razones particulares, puede consentir de manera expresa la lesión o amenaza a esos derechos, o simplemente adoptar una posición pasiva
    • dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales, de modo que no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida, sino que ello podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión de la que hubiesen sido objeto sus derechos y garantías constitucionales"
    • II.4. Análisis del caso elevado en revisión
    • siempre y cuando exista fundamento jurídico valedero y se esté ante un daño inminente, irremediable o irreparable
    • II.5. Uso apropiado de la terminología constitucional
    • APROBAR

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