AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2010-RCA

Fecha: 26-May-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

Los recurrentes manifiestan que las autoridades recurridas han vulnerando los derechos de la empresa que representan a la seguridad jurídica, al trabajo, a dedicarse al comercio e industria y a la garantía del debido proceso, toda vez que habiendo sido notificados con la RA SSDH 0844/2007 de 1 de agosto, mediante la cual se declaró probado el cargo de 11 de abril de 2007 formulado contra la Estación de Servicios que representan y se dispuso la revocatoria de la Licencia de Operaciones, circunstancia en la que interpusieron recurso de revocatoria contra la referida Resolución, solicitando que la ejecución de dicha Resolución sea otorgada en efecto suspensivo de acuerdo al art. 59.II de la LPA y el precedente constitucional señalado en la SC 0227/2007-R de 3 de abril, no obstante, no se tomó en cuenta la referida Sentencia Constitucional ni la normativa citada, al haber dispuesto mediante proveído de 17 de agosto de 2007, la admisión del recurso de revocatoria, empero, se rechazó la solicitud de que la ejecución de la RA SSDH 0844/2007 sea en efecto suspensivo, pese a existir razones de interés público y un grave perjuicio. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si efectivamente existen o no las causales de rechazo motivadas por el Tribunal de garantías.