Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0203/2010-CA
Fecha: 07-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia, que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR la Resolución 5 de marzo de 2008, cursante de fs. 12 a 13 pronunciada por Fiscal del Distrito de Santa Cruz; y en consecuencia se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Hernán Gallardo “Sempertegui”.
- consulta
- I.1. Argumentos jurídicos del recurso
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- Fragmento 9
- APROBAR