AUTO CONSTITUCIONAL 0203/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0203/2010-CA

Fecha: 07-May-2010

rechazó

Por Resolución de 5 de marzo de 2008, cursante de fs. 12 a 13, Jaime Solíz Phiel, Fiscal del Distrito de Santa Cruz, rechazó el incidente formulado indicando: 1) Pronunciado el rechazo a la denuncia presentada contra el incidentista, el mismo no fue objetado, por lo que al no ser parte en el proceso en cuestión, carece de legitimación activa; y 2) La resolución que debe pronunciarse dentro de la recusación presenta contra los Fiscales de Materia, no dependerá en sí de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. 73.III de la LOPM, debido a que la recusación será resuelta sólo en función de los fundamentos y elementos probatorios al efecto, lo que hace ver la inexistencia de vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma impugnada con la decisión de la recusación.