AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2010-CA-BIS
Fecha: 10-May-2010
consulta
En consulta la Resolución 39/2008 de 19 de febrero, cursante de fs. 18 a 20, pronunciada por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Judicatura y Consejeros por la que rechazaron la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulada por Marco Antonio Baldivieso Jinés en representación de José Aguilar Rojas, Juez de Partido Tercero en lo Civil del Distrito Judicial de Cochabamba, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 9, 10, 23 a 32, 40 a 48 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ) y los arts. 1, 2, 66 y 76 inc. k) del Reglamento de Administración y Control de Personal del Poder Judicial, por supuestamente vulnerar los arts. 2, 7, 14, 16.IV, 29, 30, 69, 115, 116, 123 y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog.).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazaron
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- carece de fundamento jurídico-constitucional
- APROBAR
- COMISIÓN DE ADMISIÓN