AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2010-CA

Fecha: 17-May-2010

consulta

En consulta la Resolución de 10 de abril de 2008, cursante de fs. 127 a 129, pronunciada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de Cochabamba, por la que admitió la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Mario Jaime Jiménez Prudencio, demandando la inconstitucionalidad del art. 534.I y II en la frase “A falta de esta valuación…” del Código de Procedimiento Civil (CPC) por considerar que vulnera los arts. 7 inc. “j)” y 22 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog.).