AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2010-CA
Fecha: 24-May-2010
rechazó
Mediante Resolución 227/2008 de 19 de mayo (fs. 58 a 60), el Presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, rechazó el incidente por considerar que carece de fundamento legal, ya que la norma impugnada se encuentra vigente y legalmente declarada constitucional por la SC 022/2006-R, encontrándose el requerimiento emitido por el Fiscal General del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, debidamente respaldado al no afectar ningún derecho constitucional de los funcionarios policiales, más al contrario, el retiro indefinido otorga al funcionario policial la posibilidad y beneficio de contar en la justicia ordinaria con todos sus derechos y beneficios, incluido el derecho de igualdad de oportunidades para que asuma defensa en estrados judiciales, sin que esto afecte la percepción de haberes.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella
- II.4. Análisis del caso
- II.4.1.
- II.4.2.
- APRUEBA