AUTO CONSTITUCIONAL 0253/2010-CA
Fecha: 26-May-2010
control normativo de constitucionalidad,
El control normativo de constitucionalidad, es el mecanismo encomendado al órgano contralor de constitucionalidad, para que en caso de ser activado, verifique la observancia y respeto a la Constitución Política del Estado de todas las normas infra-constitucionales caracterizadas por su generalidad, encontrándose dentro de este plexo normativo las Leyes, los Decretos Supremos, las Resoluciones de carácter general y otras normas que no tengan efectos particulares.
En el contexto expresado, se establece que éste control normativo de constitucionalidad, utiliza dos mecanismos procesales constitucionales específicos: el recurso directo de inconstitucionalidad y el recurso indirecto de inconstitucionalidad, reconocidos en los arts. 120.I de la CPE de 1994, reformada parcialmente en 2004 y abrogada en 2010 y en los arts. 54 al 67 de la Ley del Tribunal Constitucional.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.2. Alcances del control de constitucionalidad
- control normativo de constitucionalidad,
- al operar la verificación sobre normas infra-constitucionales de alcance general,
- el control competencial
- control reforzado de constitucionalidad
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR