AUTO CONSTITUCIONAL 0256/2010-CA
Fecha: 26-May-2010
al operar la verificación sobre normas infra-constitucionales de alcance general,
En mérito a lo expuesto y principalmente en virtud al sistema concentrado de control de constitucionalidad encomendado al Tribunal Constitucional, se tiene que al operar la verificación sobre normas infra-constitucionales de alcance general, los efectos de sus decisiones en caso de evidenciarse una incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, son erga omnes, razón por la cual, dichas disposiciones salen del ordenamiento jurídico vigente, de lo que se colige que el control sobre normas de carácter general y los efectos de las decisiones del control normativo de constitucionalidad, son los rasgos distintivos con el control competencial y con el control reforzado de constitucionalidad.
- I.1. Antecedentes
- tiene facultades
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.2. Alcances del control de constitucionalidad
- control normativo de constitucionalidad,
- al operar la verificación sobre normas infra-constitucionales de alcance general,
- el control competencial
- control reforzado de constitucionalidad
- la cuestionada Resolución constituye un acto administrativo de carácter normativo general
- RECHAZAR