AUTO CONSTITUCIONAL 0256/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0256/2010-CA

Fecha: 26-May-2010

control reforzado de constitucionalidad

Finalmente, cabe precisar que el control reforzado de constitucionalidad, se refiere al resguardo que el órgano contralor realiza en cuanto a la vigencia plena de los derechos fundamentales, tarea que realiza a través de los recursos de habeas corpus, amparo constitucional y habeas data, regulados por los arts. 18, 19 y 23 de la CPE abrog.; denominados de acuerdo al nuevo modelo constitucional, acción de libertad, acción de amparo y acción de protección de privacidad, aclarándose que de acuerdo a la Constitución Política del Estado vigente, el ámbito de control de constitucionalidad reforzado se amplía a las acciones de cumplimiento y la acción popular.