SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2010-R

Fecha: 10-May-2010

2) En cuanto al auto que revoca la extinción de la acción penal

Asimismo, los recurrentes, arguyen que, mediante Auto de Vista 181 de 18 de abril de 2005, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, revoca el Auto apelado que resolvió la extinción de la acción penal y deliberando en el fondo, señalan que esta Resolución dispuso la prosecución del trámite procedimental hasta pronunciar la sentencia que corresponda, Auto que es suscrito por las autoridades recurridas.

Alegan también, que uno de los argumentos utilizados por la Sala Civil Primera, para revocar la decisión de 19 de enero de 2005, fue la aplicación vinculante de la SC1190/2001-R de 12 de noviembre, continúan su relación de hechos afirmando que la indicada Sala Civil Primera, determinó que la figura de privación de libertad prevista por el art. 292 del Código Penal (CP), es imprescriptible, la misma que subsiste mientras no cesan los efectos de tal privación. Prosiguen su exposición señalando que, el citado Tribunal, para revocar la decisión de 19 de enero de 2005, estableció que la SC 0101/2004 de 14 de septiembre, se refiere a la extinción de procesos antiguos para causas por delitos comunes.