SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0149/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0149/2010-R

Fecha: 17-May-2010

I.1.1.4. En cuanto al incumplimiento del procedimiento

El recurrente, alega que la falta de respuesta a sus peticiones, coartó su derecho de recurrir a las instancias pertinentes que estipulan sus Reglamentos, para efectuar reclamos que afecten su carrera militar. De forma expresa, indica que de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias, el Comandante de la FAB, en su calidad de Presidente del Tribunal de Personal, al recibir su reclamo elevado mediante conducto regular, debió seguir el procedimiento determinado en el Capítulo IV del Reglamento del Tribunal de Personal, para que este Tribunal dicte resolución y pueda en su caso recurrir al recurso de reconsideración ante este Tribunal y finalmente interponer el recurso de apelación correspondiente, lo que según el recurrente menciona que no ocurrió debido al silencio de la autoridad recurrida.