SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0149/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0149/2010-R

Fecha: 17-May-2010

II.5. En cuanto al cumplimiento de requisitos legales para el ascenso

Asimismo, se concluye que mediante memorándum de fecha 23 de abril de 1998, cursante a fs. 28, el otrora Comandante General de la FAB, comunica al peticionante, la determinación de dar curso favorable a su solicitud de reincorporación al Servicio Activo, por encontrarse gozando de licencia máxima de acuerdo al art. 91 inc. a) de la LOFA, razón por la cual, es destinado a cumplir funciones de Segundo Comandante en el Grupo Aéreo “63” de Villamontes.

De acuerdo a la Orden del Día de la FAB 26/2001 de 27 de marzo de 2001, (fs. 24 a 26), cursa convocatoria de ascenso al grado inmediato superior para el personal de oficiales superiores y subalternos, como consecuencia de la cual, por documentales cursantes de fs. 12 a 23, se puede colegir que mediante la Orden General de Ascensos 01/01, de fecha 21 de diciembre, Pablo Pedro Echenique Bravo, ascendió al grado de Teniente Coronel, con antigüedad al 31 de marzo de 2002.

Mediante memorándum cursante a fs. 27, de fecha 16 de octubre de 2001, se concluye que Julio Galarza Lizárraga, en su calidad de Jefe   del Departamento I-EMGFAB, comunica al peticionante, en aplicación del art. 93 de la LOFA, su pérdida de tres meses de antigüedad respecto a su promoción de egreso.