Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0201/2010-R
Fecha: 24-May-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
En virtud a la renuncia de los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste se quedó sin quórum que le permita la normal resolución de causas, que conforme a lo dispuesto por la Ley 003/2010 de 13 de febrero, se designa a nuevos Magistrados, reanudándose labores jurisdiccionales, disponiéndose mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se proceda a nuevo sorteo, en el caso presente el sorteo se efectuó el 12 de abril de 2010. Mediante AC 0099/2010-CA de 20 de abril, se, suspendió el plazo para emitir resolución, reanudándose el mismo por decreto de 11 de mayo de 2010, en consecuencia la presente resolución es emitida dentro de plazo.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- Fragmento 5
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.4. Caso analizado
- REVOCAR