SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0208/2010-R
Fecha: 24-May-2010
concedió
Por Resolución de 22 de septiembre de 2006, cursante de fs. 49 a 52, el Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Montero, concedió el amparo, confiriendo a los recurridos el plazo de tres días para que restablezcan los linderos donde corresponde originalmente, según el título de propiedad y plano de ubicación en base a los siguientes fundamentos: i) Se evidencia que los recurridos en forma unilateral y arbitraria ingresaron al terreno de propiedad de la recurrente y procedieron a abrir una calle, sin cumplir lo que mandan los arts. 122 y 123 de la LM, con relación al art. 22 de la CPEabrg.; ii) Este acto ilegal se hizo con conocimiento del Alcalde Municipal de Warnes, antes y después del hecho ya que la calle se abrió bajo la modalidad de trabajos del PLANE que depende de la Alcaldía Municipal de Warnes y después por el informe técnico del Plan Regular; iii) El informe técnico presentado como prueba por la Alcaldía y la exposición del asesor legal confirmando la penetración y apertura de la calle, demuestra el despojo y penetración arbitraria que ocurrió en el terreno de la recurrente, evidenciándose además, por las tomas fotográficas, la utilización de la violencia sobre el alambrado, postes y árboles existentes en el terreno; y, iv) Se han conculcado e infringido el derecho a la propiedad privada y a la seguridad jurídica de la recurrente establecidos en los arts. 7 incs. a) e i) y 22 de la CPEabrg., al haberse demostrado hechos irregulares, actos ilegales y violaciones a los arts. 105 del CC con relación a los arts. 122 y 123 de la LM.
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1. Contenido del recurso
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 11
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- la tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares,
- 1)
- III.4. En cuanto a la probanza de las vías de hecho
- III.5. El caso en análisis
- APROBAR