SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2010-R
Fecha: 31-May-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega que se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la petición y a la garantía del debido proceso, toda vez que el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal, desestimó la acusación y querella que formalizó por el delito de estelionato argumentando la omisión de requisitos exigibles por el art. 290 con relación al 341 del CPP, no obstante de haber cumplido con lo extrañado en la primera desestimación de su acusación por el Juez Primero de Sentencia en lo Penal, y sin tener presente que sólo existe una oportunidad para presentar nuevamente una acusación y que la querella y acusación particular que interpuso se ajustan a los requisitos exigidos por el art. 290 del CPP, resolución que fue confirmada por las Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, al haber declarado improcedente la apelación incidental planteada por su parte. Por consiguiente, las autoridades judiciales ahora demandadas, pretenden que su persona habiendo sido víctima del delito de estelionato, este hecho delictivo quede en la impunidad, sin darle lugar a que mediante un juicio público y contradictorio pruebe su acusación. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si corresponde otorgar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- ,
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 15
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3.
- III.4.
- concedido la tutela
- APROBAR