i)
i) El objetivo de toda comunicación judicial, es que llegue a quien esté dirigida otorgándole la oportunidad de tomar conocimiento efectivo de su contenido; siendo esa exigencia aún mayor, cuando de la notificación dependa su libertad, pues en tales casos, tendrá que ser personal, o si corresponde, mediante cédula en el domicilio real del destinatario;
