0210/2010-R

REVOCAR

En base a la fundamentación jurídica precedente, los suscritos Magistrados consideran que el Tribunal Constitucional debió REVOCAR la Resolución emitida por el Tribunal de garantías, al no concurrir ninguna causal para otorgar la tutela solicitada; ya que de acuerdo a los expuesto, no se verifica que hubiese existido indefensión del representado de la accionante, así como tampoco persecución indebida, pues el mandamiento fue librado luego de cumplirse el procedimiento respectivo dentro del trámite de liquidación de asistencia familiar, ante el incumplimiento de ésta por parte del obligado, ahora representado de la accionante.