AUTO CONSTITUCIONAL 0087/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0087/2010-RCA

Fecha: 15-Jun-2010

improcedencia in límine

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 78/2007 de 10 de noviembre, cursante a fs. 157 y vta., declaró la improcedencia in límine del recurso, señalando que de la revisión de los antecedentes del mismo, se constató que se infringió el principio de inmediatez, al haberse interpuesto el recurso fuera del término de los seis meses, establecido en la SC 0770/2003-R de 6 de junio, que de conformidad al art. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) tiene carácter vinculante y es de cumplimiento obligatorio.