AUTO CONSTITUCIONAL 0088/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0088/2010-RCA

Fecha: 15-Jun-2010

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 6 de noviembre de 2007 (fs. 42 a 46), los recurrentes indican que en 1998 se constituyó la empresa Computación y Servicios S.R.L., con matrícula de comercio 7489, según consta en la escritura pública 164/88 de 26 de marzo de 1988; sin embargo, mediante escritura pública 895/2001 de 9 de abril, se procedió a la transferencia de sus cuotas de capital, quedando como socios Pedro Estrada Ponce y Carlos Urquidi Ramos.

Al respecto indican que el comprador de las cuotas de capital Pedro Estrada Ponce, no registró la escritura pública de transferencia de cuotas a su favor, y tampoco renovó la matrícula de comercio de la empresa de Computación y Servicio S.R.L. por las gestiones 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, por lo que solicitaron a FUNDEMPRESA el registro de la escritura pública 895/2001, con el objeto de eliminar sus nombres del Registro de Comercio como socios de la empresa de Computación y Servicio S.R.L., por lo que el Superintendente de Empresas emitió la Resolución Administrativa (RA)  0035/2007 de 20 de abril, rechazando la solicitud de inscripción en el Registro de Comercio de la mencionada escritura pública, disponiendo que la empresa de Computación y Servicio S.R.L. en el plazo de quince días regularice su situación y cumpla sus obligaciones comerciales, Resolución contra la que interpusieron recurso de revocatoria que fue resuelto por RA 0052/2007 de 31 de mayo, confirmando la Resolución impugnada.

Afirman que interpuesto el recurso jerárquico contra la RA 0052/2007, la Superintendencia General del Sistema de Regulación Financiera (SIREFI), pronunció la Resolución SG SIREFI RJ 78/2007 de 13 de septiembre, que dispuso anular el procedimiento administrativo hasta que la Superintendencia de Empresas proceda a notificar al representante legal de la empresa de Computación y Servicio S.R.L. con la nota de 12 de marzo de 2007, de solicitud de orden de registro de escritura pública y ulteriores actuaciones, por lo que recurren a través del presente recurso de hábeas data solicitando que FUNDEMPRESA registre la escritura pública 895/2001, para eliminar sus nombres como socios de la empresa de Computación y Servicio S.R.L. y de esta manera surta efectos contra terceros.