AUTO CONSTITUCIONAL 0088/2010-RCA
Fecha: 15-Jun-2010
revisión
En revisión la Resolución de 8 de noviembre de 2007 (fs. 47 y vta.), pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas data, interpuesto por Arturo Enrique Ayala Artero y Ricardo Luis Ayala Artero contra la Ximena Riveros Campero representante de la Fundación para el Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA), alegando la supuesta vulneración de sus derechos de acceso a la información o al registro de datos personales obtenidos y almacenados en un banco de datos de entidad pública o privada, a la actualización de la información o los datos personales registrados en banco de datos y a la corrección o modificación de la información o los datos personales inexactos registrados en banco de datos público o privado, sin citar las normas constitucionales que los contienen.