Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2010-RCA
Fecha: 22-Jun-2010
I.4. Petitorio
Solicita se admita y se declare probado el recurso, ordenando el pago de su sueldo retenido, más duodécimas de aguinaldo, pago de daños y perjuicios por el tiempo que estuvo privada de su fuente laboral; asimismo, se deje sin efecto el hostigamiento para acceder a otras fuentes de trabajo, sea con costas.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.4. Petitorio
- improcedente in limine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC,
- II.2. De las causales de improcedencia reglada y de los requisitos de forma y contenido
- I.
- Fragmento 10
- 1
- II.4
- APROBAR