AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2010-RCA
Fecha: 30-Jun-2010
Fragmento 6
Los recurrentes -hoy accionantes-, señalan que las autoridades recurridas -hoy demandadas-, han atentado contra sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la propiedad privada, porque ordenaron ilegalmente que se proceda a la demolición de unas construcciones no autorizadas que efectuaron dentro de su terreno, pero de acuerdo al Reglamento de Construcciones, el hecho de no contar con autorización municipal sólo acarrea una sanción pecuniaria. Agregan que una vez interpuestos los recursos de revocatoria y jerárquico, los demandados mantuvieron la determinación adoptada, porque las obras se ejecutaron en terrenos de propiedad municipal. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de garantías al haber declarado improcedente in límine de la acción, ha obrado correctamente.