Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0308/2010-CA
Fecha: 09-Jun-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad que le confiere los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR, la Resolución RD 03-046-08 de 28 mayo de 2008, cursante de fs. 1 a 6, pronunciada por el Directorio de la Aduana Nacional; y en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Miltón Andrés Málaga Arteaga en representación de Jorge Antonio Calancha Ramírez y Pamela Zara Peñaloza Quiroz.
- consulta
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.4. Cumplimiento de requisitos
- proceso administrativo o judicial
- II.5. Análisis del caso
- no existe un proceso administrativo propiamente dicho
- APROBAR,